Los nueve museos estatales que han identificado entre sus fondos bienes procedentes de incautaciones realizadas durante la guerra e inmediata posguerra son el Museo del Traje-Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico, el Museo Arqueológico Nacional, el Museo Nacional del Romanticismo, el Museo Nacional de Artes Decorativas, el Museo Nacional de Antropología, el Museo de América, el Museo Sorolla, el Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias ‘González Martí’ y el Museo Nacional de Escultura. Además, se ha identificado una pintura en la sede del Ministerio con el mismo origen.
Objetos como joyas, vajillas, cerámicas, piezas textiles y ornamentos litúrgicos, así como algunos cuadros, esculturas y mobiliario, constituyen la mayoría de las 5.126 piezas cuyo origen se ha documentado como procedente de las incautaciones realizadas por la República para salvaguardar temporalmente los bienes de interés artístico, y que nunca fueron devueltos a sus dueños al finalizar la contienda.
También se han identificado piezas de la Colección Weissberger en el Museo de Artes Decorativas que fueron incautadas a este coleccionista y marchante de arte por el Tribunal de Responsabilidades Políticas. Aunque las obras le fueron devueltas una vez fue absuelto de los cargos, aún se conservan piezas que quedaron depositadas en el Museo. Son los únicos fondos identificados que proceden de embargos realizados por la dictadura.
El inventario ya está publicado en la web [1] de Cultura. Dentro del portal, además del listado de bienes, se pueden encontrar las fichas de la mayoría de las piezas, en un trabajo que continúa y se prevé que se complete en las próximas semanas. También se ha procedido a la digitalización de los libros de inventario de la Junta del Tesoro Artístico que se pueden descargar en la web.
Junto a la labor de investigación en las colecciones de los museos estatales se ha llevado a cabo un intenso trabajo de digitalización y descripción de la documentación custodiada en los Archivos Estatales, también accesible en línea. Además, el Instituto del Patrimonio Cultural de España (IPCE) ha digitalizado la documentación de la Junta Delegada de Madrid republicana y del Servicio de Recuperación Artística, institución encargada de la devolución de las incautaciones al finalizar la guerra. Libros de firmas, de actas o de inventario de la Junta pueden descargarse en la web creada para la ocasión, así como tener acceso a más documentación a través del catálogo digital del conocido como ‘Archivo de la Guerra’.
En el portal web se incluye, como complemento, una recopilación de la normativa relacionada con la incautación de bienes durante la guerra y la dictadura. Está organizada conforme a tres grandes bloques: normativa del gobierno de la República; normativa del régimen establecido por las tropas sublevadas; y normativa de la dictadura. Este corpus constituye la recopilación más completa publicada, hasta el momento, en un portal de la Administración y servirá a las personas interesadas en el tema para tener un acceso ordenado a los diferentes textos legislativos sobre la materia.
La elaboración y la publicación del inventario son los primeros pasos en el camino de la restitución de los bienes incautados. La voluntad de Cultura es la de retornar a sus legítimos dueños todos aquellos bienes que puedan ser identificados. Para ello, se solicitó a la Abogacía del Estado un informe, recibido hace unos días, que fija los criterios generales para proceder a las devoluciones. Así, aquellas personas que localicen un bien de su titularidad pueden presentar su solicitud en el registro del Ministerio. Todas las solicitudes serán estudiadas individualmente.
Incautaciones
Cinco días más tarde del estallido de la rebelión militar, la Dirección General de Bellas Artes del Gobierno de la República crea la primera junta para la defensa del patrimonio, que posteriormente se definirá como Junta de Incautación y Protección del Patrimonio Artístico. Será la herramienta para la salvaguarda de los bienes culturales ante la destrucción y el pillaje que se desató en el contexto del conflicto bélico.
La Junta Central coordinaba las Juntas Delegadas ubicadas en distintas localidades repartidas por todo el país, especialmente en Guadalajara, Toledo, Ciudad Real, Cuenca y Jaén. En concreto, la de Madrid tenía como sede el convento de las Descalzas Reales, y estableció ese y otros lugares como depósitos de almacenamiento temporal de las obras incautadas. El Museo Arqueológico Nacional, el Museo del Prado o la Basílica de San Francisco El Grande fueron algunos de ellos.
Los vocales y auxiliares de la Junta recorrían los lugares susceptibles de contener obras artísticas como conventos, iglesias o palacios decidiendo cuál era el patrimonio artístico y documental que salvaguardar y trasladar a los depósitos asignados. Estas incautaciones se realizaban de forma cuidadosa y documentando el origen de las piezas. No obstante, también se produjeron incautaciones realizadas sin control por sindicatos y milicias.
Ante los incesantes bombardeos, en noviembre de 1936 se tomó la decisión de evacuar las obras de arte del Museo del Prado. Se organizó entonces su traslado de Madrid a Valencia y, posteriormente, a Gerona. Finalmente, abandonaron el país hacia Ginebra, donde fueron custodiadas hasta su regreso.
A este primer viaje siguieron otros. Una vez en Valencia, las piezas se dirigían a Barcelona o Cartagena, dependiendo de la evolución del conflicto, con el fin de salvaguardar la riqueza patrimonial de museos, palacios o catedrales.
El 1 de abril de 1939 se proclamó el final de la guerra y comenzó la dictadura de Francisco Franco.
El SDPAN
Por su parte, el bando sublevado creó en enero de 1937 el Servicio de Recuperación Artística y, posteriormente, el Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional (SDPAN), para recoger y proteger las obras de arte e informar sobre el estado de los monumentos que se encontraban en las zonas ocupadas por sus tropas. Su misión era reunir y almacenar en sitio seguro las obras localizadas para su posterior devolución a sus propietarios. También el SDPAN fue el encargado del retorno de los bienes custodiados en la Sociedad de Naciones de Ginebra en septiembre de 1939.
Tras la toma de Madrid en marzo de 1939, la Junta Delegada de Incautación entregó todos los bienes requisados al Servicio de Defensa. Además, este Servicio, tras registrar distintos espacios y domicilios particulares, obtuvo un gran número de piezas que fueron almacenadas en depósitos, donde se procedió a fotografiarlos y catalogarlos, a la espera de ser reclamados. Las visitas y recogidas de objetos incautados se extendieron hasta 1940.
Devoluciones
Las primeras devoluciones de objetos comenzaron en mayo de 1939 [2]. El inventario de las piezas era publicado en prensa o en el BOE indicando un plazo de reclamación, las identificaciones se realizaban mediante visita personal a los depósitos o mediante reconocimiento fotográfico y, más tarde, se organizaron grandes exposiciones públicas, como las celebradas en el Palacio de Exposiciones del Retiro durante los años 1940 y 1941.
Para la identificación de los objetos religiosos se organizó en 1941 la Exposición de Orfebrería y Ropas de Culto en el Museo Arqueológico Nacional [3] para que parroquias y congregaciones de todo el país reclamaran los bienes que les habían sido incautados durante el conflicto.
El 11 de enero de 1940 [4] se publicó una orden concediendo a los propietarios un plazo máximo de tres meses para la retirada de los objetos de los almacenes del Servicio de Recuperación, al término de los cuales, de no haberse hecho cargo de sus pertenencias, se entendería que renunciaban a su propiedad en beneficio del Estado. A partir de entonces comenzaron las entregas de objetos en depósito a distintos organismos públicos de toda España, así como a la Iglesia.
De forma paralela, por Decreto del 7 de agosto de 1939 [5] se crean los Juzgados Gubernativos para atender las reclamaciones de los bienes recuperados procedentes principalmente de las cajas de seguridad de distintos bancos españoles, exponiéndose todos ellos en las sedes de los propios juzgados y publicándose listados de los mismos tanto en los juzgados como en el BOE.
En 1942, con la aprobación del Decreto de 12 de diciembre [6] «sobre recuperación de objetos expoliados bajo dominio marxista», se separan los objetos con valor artístico, arqueológico o histórico que aún no habían sido reclamados para ser entregados a la Dirección General de Bellas Artes; y el 4 de abril de 1952 [7] se aprueba el Decreto «sobre reivindicación de títulos y objetos sustraídos por la dominación marxista» que otorga un nuevo y definitivo plazo para efectuar reclamaciones ante el Juzgado Gubernativo de Madrid ordenando la última publicación de listados en el BOE.
En 1963 se dio por terminada la labor de los Juzgados Gubernativos creados para atender las reclamaciones de los bienes expoliados. Mediante el Decreto 2527/1963 [8] se declararon propiedad del Estado aquellos «bienes expoliados bajo la dominación marxista que, habiendo sido recuperados gubernativamente, no fueran reivindicados por sus legítimos propietarios en los plazos y con arreglo a las normas dictadas al efecto».
Todavía hoy algunos museos e instituciones custodian piezas identificadas con la etiqueta de incautación de la Junta cuya procedencia original se desconoce. Por eso, profundizar en el conocimiento del origen de sus colecciones es una de las tareas de investigación asumida por los museos y archivos estatales que está en continuo desarrollo.