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Andalucía protege la Colección Alba del Palacio de las Dueñas

Según una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), «como consecuencia de un prolongado proceso de formación, la colección de bienes muebles conservada en el Palacio de las Dueñas atesora un conjunto de obras pertenecientes a la mayoría de movimientos artísticos sucedidos en España desde el siglo XVI, así como otras piezas llegadas de diferentes lugares de Europa».

Dicha resolución recoge que la colección destaca por un fondo de carácter arqueológico, compuesto por piezas romanas, algunas muestras medievales hispánicas y esculturas de diversa procedencia, cuya cronología se inicia en el siglo XVI y culmina en el siglo XIX. Además, sobresale otro grupo de obras de destacado «interés» artístico e histórico compuesto por tapices tejidos en Flandes durante los siglos XVI y XVII.

Magnífica colección

También califica de relevante el fondo pictórico, conformado por un elevado número de obras de muy variada temática: pintura renacentista y de los siglos XVII y XVIII, entre las que abundan principalmente las pertenecientes a las escuelas española e italiana representadas por autores como Leandro Bassano, José de Ribera, Lucas Jordán, Anibal Carracci, Juan de Villoldo, Juan de Llanos Valdés o Francesco Furini, entre otros.

Igualmente, del siglo XIX se conserva un extenso grupo de pinturas costumbristas, así como retratos familiares. Destacan autores como Federico de Madrazo, Odier de París, Genaro Pérez Villamil, Antonio María Esquivel, Ignacio Zuloaga, Joaquín Sorolla, Ricardo Villegas, Gonzalo Bilbao, Julio Romero de Torres, Anglada Camarasa, Gustavo Bacarisas, Villegas Cordero, Hohenleiter, Alfonso Grosso, etc. Tampoco faltan creadores andaluces contemporáneos como Joaquín Sáenz, Carmen Laffón o Santiago del Campo.

Artesanía, mobiliario y mucho más

La colección está integrada, por otro lado, por piezas de artesanía de talleres andaluces del siglo XIX, tales como barros malagueños y granadinos, así como objetos de marroquinería. Relacionados con este valor etnográfico, se conservan otras pinturas que recrean tipos populares del siglo XX.

Asimismo, forman parte de esta colección algunos ejemplos de mobiliario, del que destacan bargueños o papeleras renacentistas decoradas con taraceas, muebles españoles de los siglos XVII y XVIII y otros procedentes de Europa de diferentes estilos barrocos, ejemplos de mobiliario historicista o modernista, relojes de los siglos XVIII al XX y algunas muestras de las artes decorativas. como porcelanas, obras de orfebrería, cortinajes, alfombras o abanicos.

 

Régimen general de protección del Patrimonio Histórico

Dentro del régimen general existen tres niveles de protección en función de la singular relevancia del bien que ordenados de menor a mayor protección son los siguientes:
    •    Patrimonio Histórico Español.
    •    Inventario General de Bienes Muebles.
    •    Bienes de Interés Cultural.

La protección de estos bienes implica el que los propietarios o titulares tengan unos derechos y obligaciones establecidas en la propia Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español.

Patrimonio Histórico Español. Este sería el grado mínimo de protección de un bien. Integran el Patrimonio Histórico Español todos los bienes inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, los sitios naturales, jardines y parques, que tengan un valor artístico, histórico o antropológico (Ley 16/1985, art.1).

Inventario General de Bienes Muebles (el caso de la Colección Alba). En un nivel superior de protección, están los bienes incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles, que poseen un notable valor histórico, arqueológico, científico, artístico, técnico o cultural, y que no hayan sido declarados de interés cultural. (Ley 16/1985, art 26).

Bienes de Interés Cultural (BIC). El grado máximo de protección lo constituyen aquellos bienes inmuebles y bienes muebles declarados de interés cultural. Estos bienes se incluyen en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.