El Parlamento de Navarra ha aprobado, por unanimidad, el proyecto de Ley de Museos, que regula sus museos y colecciones museográficas permanentes.
Según consta en la memoria del proyecto, los diferentes centros de este tipo que existen en Navarra y los que puedan crearse en el futuro necesitan una regulación del máximo rango normativo que favorezca su ordenación y colaboración mutua, ayude a elevar la calidad de su gestión y, en consecuencia, garantice la prestación de servicios culturales a los ciudadanos.
Cuatro títulos componen la norma: el primero recoge los conceptos de museo y colección museográfica permanente y desarrolla las funciones de estos centros. El título segundo configura el Sistema de Museos y regula aspectos relativos a su composición, objetivos y efectos de incorporación al mismo, que incluyen ventajas para las instituciones integrantes, como la prioridad en la obtención de ayudas económica o para la participación en actividades de formación y para asistencias técnicas, entre otras.
El título tercero determina los requisitos y las líneas generales del procedimiento para el reconocimiento de museos y de colecciones permanentes de cualquier titularidad, simplificando al máximo la tramitación.
Por lo que se refiere a la denominación, protege el uso de «Museo de Navarra» o «Colección de Navarra» a solas o en combinación de otras palabras, así como las denominaciones de las entidades locales, mediante la exigencia de la autorización. Además, regula el registro de museos y colecciones museográficas permanentes de Navarra, en el que se inscribirán de oficio todos los reconocidos.
Y el último título define las infracciones. Las muy graves se refieren a las que impliquen un daño muy grave o pérdida irreparable del Patrimonio Cultural, así como las que pongan en grave riesgo la seguridad de los visitantes.