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Cobrar el canon digital es abusivo, pero no a los particulares

Así lo acaba de dictaminar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que estima que el gravamen sólo puede cobrarse a los particulares, pero no a las personas jurídicas, por lo que empresas, profesionales y administraciones (la Administración es el mayor pagador del canon digital en España) deberían quedar exentas.

El presidente de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Eduardo Bautista, aseguró que no les va a afectar la sentencia de la UE pues los ingresos por canon digital pagado por empresarios y profesionales apenas supone el 7% del total.

Litigante español

La sentencia es una respuesta a la Audiencia de Barcelona, que consultó al tribunal europeo sobre un litigio entre la SGAE y Padawan, una empresa que vende reproductores digitales y se negaba a pagar el canon.

«La aplicación del canon por copia privada a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión», afirma con rotundidad la resolución.

Tras conocer la sentencia, la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, ha anunciado que buscará una alternativa junto a los otros países europeos que se van a ver afectados por el fallo judicial (22 de los 27 países de la Unión cobran también un canon). Por su parte, las entidades de gestión de los derechos de autor creen que Europa respalda la compensación, refiriéndose a la compra privada de estos dispositivos.