El portavoz del PP en el Senado, Pío García-Escudero, acudió al registro del Constitucional con el aval de medio centenar de firmas de senadores populares y afirmó ante los periodistas que la prohibición taurina en Cataluña «incumple cerca de una docena de artículos de la Constitución».

Reacciones

Desde el Partido Socialista de Cataluña, su jefe de campaña en las próximas elecciones autonómicas, Jaume Collboni, declaró que la iniciativa judicial de los populares genera «tensión y crispación», mientras que el presidente de CiU, Artur Mas, arremetió contra el PP asegurando que «siempre tienen que ir a ganar en los tribunales aquello que pierden en los parlamentos».

El portavoz de Esquerra Republicana en el Congreso, Joan Ridao, también acusó a este partido de «embestir contra Cataluña siempre a través del Tribunal Constitucional».

El PP considera que el acto de prohibir es inconstitucional porque no existe ninguna competencia transferida a las CC.AA. que las faculte a prohibir la tauromaquia, que está protegida por leyes nacionales y europeas. Además, los populares consideran que al prohibirse una actividad que varias leyes establecen como de carácter cultural, se vulneran cinco artículos de la Constitución.

¿Incoherencia?

En su argumentación, estima que la prohibición de una actividad empresarial que forma parte del tejido económico vulnera otros cinco artículos más de la Carta Magna. El Parlamento catalán, según el recurso del PP, ha coartado e impedido la libertad empresarial para llevar a cabo la propia actividad económica.

Además, consideran que la prohibición de las corridas en Cataluña «es un alarde de incoherencia, porque paralelamente se permiten los festejos con toros». Así, en el recurso se analiza otra norma catalana, la que decidió proteger los correbous o toros de las calles. La principal conclusión en esta parte del texto es que «si Cataluña protege una actividad taurina, debe proteger las corridas de toros».

Para el PP la consideración de los toros como una actividad cultural no admite dudas, ya que está recogida en varios textos legales (Ley de Patrimonio, regulación de la medalla de bellas artes, etc.). La prohibición del Parlament, en su opinión, deja en papel mojado también el artículo 9.2 de la Constitución, que ordena a los poderes públicos facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida cultural. El recurso recoge múltiples sentencias del propio Tribunal Constitucional que afirman que «corresponde al Estado la preservación del patrimonio cultural común».