El Ministerio de Cultura mostró "su satisfacción ante esta decisión del juez, que reconoce todos los derechos de España sobre el pecio Nuestra Señora de las Mercedes, y que establece que de la extensa documentación presentada por nuestro país se deduce, sin ningún tipo de duda, que Odyssey realizó una serie de actividades sin ninguna autorización, y que tanto el pecio como su contenido gozan de inmunidad soberana frente a cualquier reclamación ante los tribunales americanos".
Lugar solemne
La decisión, que consolida el precedente establecido en el caso del Juno y la Galga, reconoce de una manera clara y contundente que el “mutuo respeto entre las naciones requiere que el lugar donde se encuentra el pecio Nuestra Señora de las Mercedes con todas las personas que perecieron en aquel día fatídico permanezca inalterado. El Derecho internacional reconoce la solemnidad del lugar donde yacen y los intereses soberanos de España en preservarlo. La decisión también señala que los tribunales norteamericanos no tienen jurisdicción, es decir, no pueden entrar a juzgar las reclamaciones realizadas por la República de Perú y por los descendientes de sus tripulantes.
La decisión es un informe y una recomendación que tiene que ser ahora revisada por un juez superior. Esto supone que el plazo de 10 días que tiene la empresa Odyssey para devolver las monedas no comienza hasta que el Juez Senior acepte la decisión del juez Pizzo. Por otra parte, la empresa Odyssey, los descendientes o Perú tienen un plazo de 10 días para recurrir la decisión. En cualquier caso, esta decisión del juez constituye para el Ministerio de Cultura "un paso extraordinario a favor de nuestro país y de su derecho y obligación de proteger el patrimonio frente a todo tipo de perturbación ilícita y explotación comercial. Así lo establece nuestra Ley de Protección de Patrimonio Histórico y la Convención de la UNESCO sobre Protección de Patrimonio Cultural Subacuático, que entró en vigor en enero de este año".
Argumentos
En su dictamen, el juez Pizzo se pronunció a favor de los argumentos defendidos por el Gobierno español y señaló que el tesoro debe ser devuelto a nuestro país porque el pecio corresponde efectivamente al de la mencionada fragata -algo que Odyssey considera sólo una hipótesis-, por lo que la carga y tesoro están sometidas a la inmunidad soberana. "Vamos a recurrir la recomendación del magistrado", afirmó la vicepresidenta de Odyssey, Melinda MacConnel, en un comunicado difundido ayer por la empresa.
Odyssey había propuesto al Gobierno español llegar a un acuerdo sobre los derechos de propiedad del tesoro -más de 500.000 monedas de oro y plata valoradas en 395 millones de euros- que transportaba la fragata de la Real Armada Nuestra Señora de las Mercedes, hundida tras un combate con navíos británicos el 5 de octubre de 1804 durante la Batalla del Cabo de Santa María, al sur de Portugal y al oeste de Cádiz. Nuestro Gobierno siempre se opuso a ningún acuerdo con una empresa a la que calificó de "pirata".
Cementerio de españoles
El Gobierno español siempre sostuvo que los restos pertenecen a un cementerio marino -en la explosión fallecieron 200 marinos y sus familiares- y se encuentran protegidos por la Ley de Inmunidad de Soberanía Extranjera, un principio jurídico absolutamente claro en EE.UU. y el resto del mundo.
Además, el Gobierno recordaba que en el momento de la batalla, las hostilidades entre Gran Bretaña y España habían sido suspendidas por el Tratado de Amiens de 1802. En respuesta a este ataque, España declaró la guerra a Gran Bretaña y entró nuevamente en las Guerras Napoleónicas que duraron otra década más. El hundimiento de la Mercedes marcó un momento clave en la historia de España y de Europa; por tanto, el pecio y su contenido forman parte del inalienable patrimonio histórico de nuestro país.