Cuando la compañía hizo público el hallazgo, el Gobierno español lo reclamó con el argumento de que pertenecía al cargamento de la fragata de la Real Armada Nuestra Señora de las Mercedes, hundida por una flota inglesa en esa zona en 1804. Pero para entonces Odyssey ya lo había trasladado a Florida a través de Gibraltar. El Gobierno español denunció ante los tribunales estadounidenses a Odyssey y reclamó la propiedad de las monedas.
Misión comercial
La empresa basa su recurso en que el juez no ha distinguido entre el propietario del buque, que sí sería el Estado español, y los dueños del cargamento. Según Odyssey, la Mercedes, que había zarpado de Perú, realizaba una "misión comercial". Precisamente, algunos de los descendientes de esos propietarios se han unido al recurso de la compañía. Según ellos, la Justicia estadounidense sí sería competente en este caso, ya que, al considerar que la misión del barco era comercial y no militar, el pecio no estaría sujeto al principio de "inmunidad soberana".
La documentación que ha aportado la compañía en su recurso son 173 recibos de la mercancía embarcada y que, según ésta, prueban que el 75% de las monedas tenía propietarios privados. España tiene ahora hasta el 31 de agosto para responder al recurso y evitar la audiencia que piden al tribunal estadounidense tanto la compañía como parte de los descendientes.
Inmunidad soberana
El pasado 3 de junio, un tribunal de Tampa, en Florida, dio la razón a España. Después de un proceso judicial de más de dos años, el juez federal Mark Pizzo decidió que el tesoro valorado en 400 millones de euros fuera devuelto a España.
La decisión, que consolidaba el precedente establecido en el caso del Juno y la Galga, reconocía de una manera clara y contundente que el “mutuo respeto entre las naciones requiere que el lugar donde se encuentra el pecio Nuestra Señora de las Mercedes con todas las personas que perecieron en aquel día fatídico permanezca inalterado. El Derecho internacional reconoce la solemnidad del lugar donde yacen y los intereses soberanos de España en preservarlo". La decisión también señalaba que los tribunales estadounidenses no tenían jurisdicción, es decir, no podían entrar a juzgar las reclamaciones realizadas por la República de Perú y por los descendientes de sus tripulantes.
Argumentos
En su dictamen, el juez Pizzo se pronunció a favor de los argumentos defendidos por el Gobierno español y señaló que el tesoro debe ser devuelto a nuestro país porque el pecio corresponde efectivamente al de la mencionada fragata -algo que Odyssey consideraba sólo una hipótesis-, por lo que la carga y tesoro están sometidas a la inmunidad soberana.
Odyssey había propuesto al Gobierno español llegar a un acuerdo sobre los derechos de propiedad del tesoro -más de 500.000 monedas de oro y plata- que transportaba la fragata, hundida tras un combate con navíos británicos el 5 de octubre de 1804 durante la Batalla del Cabo de Santa María, al sur de Portugal y al oeste de Cádiz. Nuestro Gobierno siempre se opuso a ningún acuerdo con una empresa a la que calificó de "pirata".
Cementerio de españoles
El Gobierno español siempre sostuvo que los restos pertenecen a un cementerio marino -en la explosión fallecieron 200 marinos y sus familiares- y se encuentran protegidos por la Ley de Inmunidad de Soberanía Extranjera, un principio jurídico absolutamente claro en EE.UU. y el resto del mundo.
Además, el Gobierno recordaba que en el momento de la batalla, las hostilidades entre Gran Bretaña y España habían sido suspendidas por el Tratado de Amiens de 1802. En respuesta a este ataque, España declaró la guerra a Gran Bretaña y entró nuevamente en las Guerras Napoleónicas que duraron otra década más. El hundimiento de la Mercedes marcó un momento clave en la historia de España y de Europa; por tanto, el pecio y su contenido forman parte del inalienable patrimonio histórico de nuestro país.